martes, 17 de junio de 2014

Bandera Nacional ¿Es “inconstitucional” el escudo del águila de San Juan?


A menudo la extrema izquierda española hablan sin conocimientos de nuestra historia, pero hay en algo que carecen totalmente de conocimiento, es sobre los símbolos de nuestra patria, éstos usarán fácilmente y sin ningún tipo de problemas los términos de “fascista” y “franquista” para todo aquello que les moleste o simplemente no les guste. Pero si hay algo en concreto sobre lo que vuelvan toda su ira y sus mentiras, en sobre la bandera Nacional que nos representa a más de 46 millones de Españoles.

El Artículo 4 de la Constitución, dice lo siguiente:
 
 Artículo 4
1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.

Con este artículo,  no hacen falta más argumentos para contrarrestar los ataques de los pseudodemócratas sino que además les dejes fuera juego al mostrarles que realmente son ellos los calificativos que ellos dicen.



Por si no lo has entendido bien, os aclaramos conceptos:
Bandera Inconstitucional (Bandera Republicana),  es contraria a la constitución.
 Bandera Constitucional (Águila San Juan) cumple con el artículo 4 de  la Constitución, puesto que lleva 2 franjas rojas y una amarilla, siendo ésta de doble anchura.

Otra de las grandes mentiras sobre la Historia impuesta por la izquierda es la de asociar el águila de San Juan con el régimen franquista, la realidad histórica es muy distinta, mal que les pese a los defensores de la erróneamente denominada Memoria histórica. 
El águila de San Juan fue incluida como soporte del Escudo de España en los modelos oficiales de 1938 y 1945.

 Con todo, resulta incorrecto referirse al uso del águila de San Juan con los términos «pre-constitucional» o «anticonstitucional».

 
Otra prueba de grave ignorancia histórica contemplada vez tras vez en los medios de comunicación,ya que ese diseño fue, precisamente, paralelo a los primeros años de la Constitución.  Se encontraba en el modelo de 1977, presidió los debates de redacción de la Constitución y siguió siendo el escudo en vigor durante los tres primeros años de vigencia de nuestra Constitución. Por todo ello resulta cómico que algunos consideren que la bandera con ese escudo es “anticonstitucional” o “preconstitucional”.

Bandera Constitucional (Actual) del mismo modo que la anterior.

 Entonces... ¿Cuál es el ESCUDO "CONSTITUCIONAL"?
En el artículo 4 de la Constitución se especifica claramente cómo deben ser la forma y los colores de la Bandera de España, pero no dice nada del escudo, es más, En los 169 artículos y 15 disposiciones que forman nuestra Constitución no hay ni una sola mención al escudo de España. Por lo que no existen escudos constitucionales ni tampoco "pre" o "anticonstitucionales". 

También decir, que el actual escudo quedó definido por la Ley 33/1981, casi tres años después de ser aprobada la Constitución. Como se puede comprobar leyendo la disposición transitoria primera de esa ley, el uso del escudo nacional obliga a los organismos públicos, no a los particulares

Es decir, que si en vez del escudo de España quieres poner el toro de Osborne, el águila de San Juan, el emblema de tu equipo de fútbol favorito, tu blasón familiar, el Sagrado Corazón de Jesús o la cruz de Santiago, puedes hacerlo mientras no ices esa bandera en un organismo oficial ni utilices un símbolo que constituya un ultraje u ofensa a la bandera, por eso recuerda a partir de ahora, si tienes una bandera de estas características en casa, no te avergüences, sácala de casa, cuentas con argumentos suficientes para contrarrestar a aquellos que te llamarán “fascistas”, “franquista” o similares



  GRUPO PATRIOTA ASTURIAS